Trámites e Información

AFILIACIONES
Opción de cambio de obra social

Ingresar a: argentina.gob.ar — Opción de cambio de obra social

Seleccionar el trámite de "Opción de cambio de Obra Social" ingresando OBRA SOCIAL DE DIRECCIÓN OSDO como obra social elegida.

  • La gestión es personal e individual de cada afiliado.
  • Vigencia: el traspaso se hará efectivo a partir del primer día del mes siguiente.

Para finalizar el trámite de afiliación, enviar la documentación a comercial@osdo.com.ar:

  • Copia DNI (frente y dorso)
  • Copia del Recibo de Sueldo
  • Formulario de afiliación a OSDO completo — Descargue aquí el formulario
  • Comprobante de traspaso
Ingreso con Grupo Familiar

Para incorporar a su grupo familiar, adjuntar la siguiente documentación:

  • Copia DNI de cada integrante
  • Copia de la Libreta de Matrimonio, o
  • Certificado de Convivencia (concubina)
  • Copia de la Partida de Nacimiento (Hijos)
  • Certificación Negativa ANSES
Unificación de aportes

Aquellos cónyuges que se encuentren bajo relación de dependencia y quieran ingresar como afiliados a OSDO, deberán realizar el trámite de unificación de aportes.

Iniciar trámite de Unificación de Aportes

Desunificación de aportes

Deberán realizar el trámite de desunificación de aportes.

Iniciar trámite de Desunificación de Aportes

Actualización de datos
  • Cambios de domicilio o CUIL: informarlos vía e-mail a comercial@osdo.com.ar
  • Cambios de empleador: informarlos vía e-mail a comercial@osdo.com.ar adjuntando constancia de alta de trabajador AFIP (CAT). Nos pondremos en contacto para confirmar la modificación.
Hijos mayores de 21 años
  • Cursando estudios terciarios/universitarios, deben presentar certificado de alumno regular otorgado por establecimientos oficiales.
  • Para mantener la calidad de afiliado, no deben encontrarse trabajando bajo relación de dependencia ni ser monotributistas.
Inclusión de hijos recién nacidos

La inclusión podrá gestionarse vía e-mail a comercial@osdo.com.ar, adjuntando:

Gestión de bajas

Las bajas podrán ser presentadas por la empresa o el afiliado vía formulario OSDO (marcando ítem BAJA) o por e-mail a comercial@osdo.com.ar, adjuntando:

  • Constancia de desvinculación (telegrama de despido, renuncia, u otros)
  • Nombre y apellido de la persona a dar de baja
  • Motivo
  • Fecha de vigencia de la baja
  • Formulario de afiliación a OSDO completo — Descargue aquí el formulario
CATEGORIA MONOTRIBUTO

DECRETO Nº 955/2024 Y RESOLUCION SSSALUD Nº 492/2026

En función de lo prescripto en el Decreto 955/2024 in fine, solo se aceptarán Monotributistas a partir de la Categoría A.

A su vez, la entidad NO SE HALLA INSCRIPTA en la Sección Especial contenida en la Resolución SSSalud Nº 492/2026.

Antes de realizar el trámite de opción, por favor ponerse en contacto con OSDO - 0800 555 6736 ó 4774 3130 de 10.00 a 17.00 hs.-

NOVEDADES Y NORMATIVAS
Credencial física

Conforme con la Resolución 1463/2025 de la Superintendencia de Servicios de Salud, los afiliados podrán solicitar la emisión de su credencial física de identificación, sin perjuicio del uso de credenciales digitales ya disponibles.

La credencial podrá retirarse personalmente en nuestra sede o enviarse al domicilio declarado por el afiliado.

Para más información sobre cómo solicitarla, comuníquese a través de nuestros canales de contacto:

Receta electrónica

Según lo dispuesto por el Ministerio de Salud en su Resolución 5744/2024 (RESOL-2024-5744-APN-MS), a partir del 1.° de enero de 2025, la receta electrónica es la única modalidad vigente para la prescripción de medicamentos.

El reemplazo de la receta de papel por la receta electrónica hace más segura y eficiente la prescripción en virtud de los estándares de calidad definidos. La digitalización de las plataformas de recetas garantiza que quien prescribe es un profesional en ejercicio matriculado y habilitado. Asimismo, facilita la trazabilidad del circuito de prescripción y entrega, simplificando las instancias administrativas y otorgando transparencia, brindando herramientas a los profesionales para tomar mejores decisiones de tratamiento y evitando errores de interpretación de la letra manuscrita.

  • Los profesionales deben emitir sus recetas a través de una plataforma de prescripción electrónica de medicamentos que esté aprobada por el RENAPDIS del Ministerio de Salud de la Nación para que tengan validez.
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